¿Qué empleados no están obligados a realizar el registro de la jornada laboral?

¿Qué empleados no están obligados a realizar el registro de la jornada laboral?


Hace dos años que se decidió implantar la Ley de control horario, con el objetivo de luchar contra el fraude de las horas extra no pagadas, de combatir las jornadas completas encubiertas en parciales y controlar el absentismo laboral. Por ello, se estableció como obligatorio que todos los empleados de una empresa tuvieran que registrar su jornada laboral, incluido tanto los trabajadores móviles (transportistas, comerciales, etc.), como aquellos empleados que desarrollen su actividad en modalidad teletrabajo o trabajo a distancia.

Aunque según la legislación todos los trabajadores tienen que realizar el control horario, existen una serie de empleados que debido a su carácter especial se encuentran exentos de realizar el registro. Si quieres saber quiénes son, te lo contamos todo a continuación.

¿Qué empleados no están obligados a realizar el registro de la jornada laboral?

  • Deportistas profesionales. No están obligados a fichar debido al carácter especial de sus contratos y a la singularidad de sus jornadas laborales.
  • Trabajadores domésticos. Todo aquel personal contratado para realizar tareas relacionadas con el hogar, desde limpiadores, jardineros o cuidadores, también se encuentra exento de realizar el control horario. 
  • Alta dirección. Como indicamos en posts anteriores, los altos directivos quedan fuera del registro de la jornada laboral, pero no el personal de confianza o mandos intermedios. 
  • Artistas de espectáculos públicos. En este caso, dependerá de la relación laboral o mercantil que tengan los trabajadores. Por ejemplo, si los artistas trabajan de forma independiente sin estar sometidos a la dirección de un empresario, se les considera trabajadores autónomos y por ello no tienen la obligación de realizarlo.
  • Asociados a cooperativas. Los trabajadores socios de la cooperativa no tendrán que fichar debido a su relación mercantil.
  • Autónomos. Los autónomos no tienen la obligación de realizar este registro, sin embargo, sí que deben de llevar el control de los horarios de todos los empleados que tenga a su cargo.


Excepto estos casos extraordinarios, el resto de empleados sí que están obligados a realizar un registro de la jornada laboral. Para ello, contar con una app de control horario puede ser fundamental para poder desarrollar esta tarea desde cualquier sitio y de manera sencilla.